martes, 18 de octubre de 2016

INSPECCIÓN TECNICA


INSPECCIÓN TÉCNICA 

inspección_5

La Inspección Técnica es una de las actividades de la Criminalística de Campo. Es la primera actuación que se realiza al abordar el sitio del suceso y permite el reconocimiento del lugar donde se ha cometido un hecho punible con todos sus elementos. El interés principal es identificar e individualizar los autores o partícipes, víctimas y medio de comisión empleados.

Es un método de fijación donde se deja constar, mediante un informe técnico, la percepción sensorial de los hechos y evidencias físicas y/o digitales, de interés para la criminalística, encontradas en el sitio del suceso.


Durante su desarrollo se realiza la fijación fotográfica de todos los elementos de convicción presentes general, particular y/o en detalle según sea el caso. El experto utiliza señalizadores, testigos flechas y/o métricos, siguiendo la secuencia de la inspección de forma correlativa y sistemática a fin de obtener un acta de Inspección Técnica y un montaje fotográfico que puedan explicarse por sí solos.


trayectoria_02trayectoria_09trayectoria_10


El propósito es ilustrar a las partes del proceso penal, acerca de las condiciones de cómo se hallaba el lugar para el momento del abordaje, cualquier error en su metodología podría condenar una investigación al fracaso.

La base legal de actuación de la Inspección Técnica es el artículo 186 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal de la República Bolivariana de Venezuela.


Dicente José Vargas
Cédula 15.270.558
UNES Guárico Ambiente II

lunes, 17 de octubre de 2016

Objetivos Estratégicos,Misión,Visión y Reseña Históricas


[logojrm.gif.jpg]


OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

  • Optimizar las acciones de investigación criminal tendentes a lograr el esclarecimiento de los hechos delictivos. 
  • Capacitar el capital humano integrado a la institución, con el fin de alcanzar un alto nivel de eficacia y eficiencia. 
  • Elevar el sentido de pertenencia institucional, vinculado a la dinámica científica y tecnológica, a través de la práctica de los valores del CICPC. 
  • Garantizar las acciones y medios tendentes a mejorar la calidad de vida de sus miembros, en el aspecto educativo, cultural, deportivo, social y económico. 
  • Consolidar la imagen de profesionalismo de la institución ante la comunidad en general, fundamentada en una gerencia de alta capacidad de respuesta. 
  • Lograr insertarse en la comunidad internacional como organismo de investigación penal de vanguardia. 
  • Dotar al capital humano del CICPC de herramientas, mecanismos logísticos y de infraestructura que garanticen el óptimo desempeño de sus funciones. 
  • Apoyar las políticas de Estado a través de estrategias dirigidas a la reducción de los delitos en todas sus modalidades. 
  • Fortalecer organizacionalmente la institución y su sinergia con otros organismos de la Administración Pública Nacional y con instituciones privadas.

MISIÓN

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas es una institución que garantiza la eficiencia en la investigación del delito, mediante su determinación científica, asegurando el ejercicio de la acción penal que conduzca a una sana administración de justicia.

VISIÓN

Ser la institución indispensable, por su reconocida capacidad científica y máxima excelencia de sus recursos, con la finalidad de alcanzar el más alto nivel de credibilidad nacional e internacional en la investigación del fenómeno delictivo organizado y criminalidad violenta.

RESEÑA HISTÓRICA

Antecedentes de la Investigación criminal en Venezuela a partir del la creación del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, año 1958 La investigación de los delitos de acción penal en Venezuela a mediados del siglo XX, se institucionaliza el 20 de febrero de 1958, cuando el presidente provisional de la Junta de Gobierno Contralmirante Wolfgang Larrazabal, dentro del esquema político del momento, promulga el decreto Nº 48 con Fuerza de Ley, que estableció la base legal para la creación de un “Cuerpo de Policía especializado para la investigación de los delitos de Acción Penal”. Organismo que dependería del Ministerio de Justicia asignándosele el nombre de “Cuerpo Técnico de Policía Judicial”. Asumió la dirección de este nuevo cuerpo de investigación criminal el Abogado Rodolfo Plaza Márquez; constituyéndose su estructuración y organización para ese momento difícil, debido a que la policía político civil que le antecedió denominada Seguridad Nacional al momento de ser desmantelada, como consecuencia del derrocamiento del gobierno del General Marcos Pérez Jiménez, no contó con una edificación adecuada ni un instituto académico para la formación científica de los investigadores.


[foto11rh.gif]

Contralmirante Wolfgang Larrazabal, Doctor Plaza Márquez y el Señor Ricardo Lleras Codazzi 


Características y objetivos de las TIC

Características y objetivos de las TIC


Características de las TIC

     Las tecnologías de información y comunicación tienen como características principales las siguientes:
-      Son de carácter innovador y creativo, pues dan acceso a nuevas formas de comunicación.

-      Tienen mayor influencia y beneficia en mayor proporción al área educativa ya que la hace más accesible y dinámica.

-     Son considerados temas de debate público y político, pues su utilización implica un futuro prometedor.

-     Se relacionan con mayor frecuencia con el uso de la Internet y la informática.

-     Afectan a numerosos ámbitos de la ciencia humana como la sociología, la teoría de las organizaciones o la gestión.

-   En América Latina se destacan con su utilización en las universidades e instituciones países como: Argentina y México, en Europa: España y Francia.

-    Resultan un gran alivio económico a largo plazo. aunque en el tiempo de adquisición resulte una fuerte inversión.

-     Constituyen medios de comunicación y adquisición de información de toda variedad, inclusive científica, a los cuales las personas pueden acceder por sus propios medios, es decir potencian la educación a distancia en la cual es casi una necesidad del alumno tener poder llegar a toda la información posible generalmente solo, con una ayuda mínima del profesor.


Objetivos de las TIC
     El aprendizaje que solía ser un claro proceso humano se ha convertido en algo en lo que la gente comparte, cada vez más, poderosas redes y cerebros artificiales.
     El reto de aprender solo puede gestionarse mediante una red mundial que agrupe todo el saber y todas las mentes.
     Con esto surge entonces una nueva forma de concebir la enseñanza y el aprendizaje, pues es indiscutible que en la existencia de esa red de conocimientos que se concibe, está de por medio la computadora y por ende la introducción de las nuevas teorías sobre la obtención de conocimientos y el empleo de las tecnologías de información y comunicación.
     La educación del tercer milenio es: aprender a aprender, aprender a conocer, aprender a hacer, y aprender a comprender al otro, por ello aquí planteamos algunos de los objetivos que se esperan cumplir en el aspecto educativo con el empleo de estas nuevas tecnologías de información y comunicación.
     Diseñar e implantar un servicio educativo innovador de aprendizaje abierto, implantando el dispositivo tecnológico adecuado para ampliar el marco de actuación de la universidad al ámbito nacional e internacional.
     Implantar un servicio de educación semi-empresarial para estudios regulares de grado y de postgrado, apoyado en el servicio a que hace referencia en primer objetivo con el apoyo pedagógico, técnico y administrativo adecuado.
     Proporcionar acceso a los servicios educativos del campus a cualquier alumno desde cualquier lugar, de forma que pueda desarrollar acciones de aprendizaje autónomamente, con ayuda de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.



Tecnología y comunicacion Discente Keisy Torres

Resultado de imagen para tecnologias de informacion y comunicacion      DESCENTE KEISY TORRES V-18.691.597





Resultado de imagen para tecnologias de informacion y comunicacion                                                     Tecnología y Comunicación
Universidad Nacional Experiemntal de la Seguridad 


                                                                                                         

Vídeo de protección del sitio de suceso





Video relacionado con el abordaje y fijación fotográfica  idóneo  de un Sitio de Suceso



Historia de la Criminalistica de Venezuela


La historia de la medicina legal en Venezuela tiene una cronología que data desde los días de Simón Bolívar y los inicios de la República misma hasta el presente, con la creación de instituciones públicas y privadas y legislaciones que dan lugar al presente estado de compatibilidad medico-legal. Expuesta a la tecnología de las épocas y los desafíos de los liderazgos políticos, la medicina legal en Venezuela vivió épocas de luminosidad científica y legal, así como momentos de poco esplendor y apatía. Los principales autores de la jurisprudencia médica de Venezuela han impulsado los aspectos legales que rigen la práctica médica en la República Bolivariana de Venezuela del presente. Sin duda, la medicina legal venezolana es producto de la historia y de la cultura de las épocas en que se desarrolló, y expresa los valores predominantes de la práctica médica y legal en el país.


La cátedra de medicina legal en Venezuela fue incluida por primera vez en la primera universidad fundada en el país, el actual Patrimonio de la Humanidad, la Universidad Central de Venezuela. La Universidad fue fundada en1721 como la Universidad de Caracas. La separación de la monarquía española y de la academia religiosa ocurrió en 1826 con el triunfo del movimiento de independencia del país. Simón Bolívar proclamó Estatutos Republicanos en la Universidad para reemplazar la constitución Real que hasta entonces la regía y se cambió el nombre por Universidad Central de Venezuela.
La Medicina Legal fue prevista en los Estatutos Republicanos del Liberador, cuyo artículo 83 establece:
Las clases de Medicina se dividirán por el orden siguiente: primero, una de anatomía general y descriptiva; segundo, una de fisiología e higiene ... tercero, una de nosografía y patología interna o medicina práctica; cuarto, una de nosografía y patología externa o cirugía; quinto, una de terapéutica, materia médica y farmacia; sexto, una de obstetricia o partos; séptimo, una de medicina legal. Además habrá cursos de clínica médica y quirúrgica que darán en los hospitales los respectivos profesores...
La primera revista médica de Venezuela fue escrita por el médico graduado en 1850 de la UCV, Gregorio Eusebio Blanco llamada El Naturalista, publicado a partir de 1857. Blanco mismo ejerce en la Universidad Central de Venezuela las cátedras de Terapéutica y Medicina Legal desde 1864 a 1883. Sus clases de Medicina Legal fueron reunidas en el volumen Lecciones orales de medicina legal: Ajustada á la legislación de los Estados Unidos de Venezuela publicado en 1879.5
El 7 de junio de 1878 se publicó por primera vez en la Gaceta Legal el Código de Instrucción Médico Forense. A pesar de tener artículos anacrónicos, el código permanece en vigencia en el presente y rige las normas de experticia médico legal. El código abre sus rigencias relacionando la medicina de las leyes jurídicas:
Artículo 1: Todo Médico-cirujano se considera adjunto al Juzgado de demarcación en que resida, y acudirá al llamamiento del Juez, a menos que motivo legítimos se lo impidan.
Contemporáneo con la creación del Hospital de Niños en 1893 y de la Cruz Roja en Venezuela el 30 de enero de 1895, el gobierno del general Joaquín Crespo inauguró la cátedra de Anatomía Patológica en la UCV. El evento acompañado por un decreto legal se creó el 31 de enero de 1895.
Para el apoyo técnico de la práctica del perito se fundó el Instituto de Medicina Legal de Caracas el 22 de mayo de 1937, como dependencia del entonces Ministerio de Justicia creándose los servicios medico-forenses de la capital venezolana con un servicio de Medicatura Forense a la orden de los tribunales de justicia. El 24 de julio de 1940 se crean como parte de la ley de educación, las primeras especialidades médicas de Venezuela, incluyendo la medicina legal y la de los medico higienistas. Dos años después a partir de 1942 se fundan las medicaturas forenses de diferentes ciudades del país: La GuairaValencia (1943) y Maracaibo (1946). En 1948 ocurre formalmente la nacionalización de la justicia.

Policía Técnica Judicial:
En 1956, el consejo académico de la UCV promulgó un nuevo reglamento de la facultad de medicina y se creó el entonces Instituto de Medicina Legal de Venezuela, aun cuando no funcionó nunca. Wolfgang Larrazábal, presidente provisional de la Junta de Gobierno Contralmirante, promulga el decreto Nº 38 el 15 de febrero de 1958 para la construcción del Palacio de Justicia y luego el el 20 de febrero de ese año el decreto Nº 48 con Fuerza de Ley, para la creación de un “Cuerpo de Policía especializado para la investigación de los delitos de Acción Penal”, auxiliar del Ministerio de Justicia y llamado «Cuerpo Técnico de Policía Judicial».7 Esta institución absorbe funcional y administrativamente a la Medicatura Forense de la República. Anterior a ello, la investigación penal era dirigida por la policía civil de la Seguridad Nacional del recién derrocado General Marcos Pérez Jiménez, institución que históricamente no contó con una edificación adecuada ni un instituto académico para la formación científica de sus investigadores. Al crearse el Cuerpo Técnico de Policía Judicial, el instituto pasó a formar parte de la División General de Medicina Legal. En el resto del país, para 1960, cada estado ya tenía una unidad de Medicatura Forense, dependencia de la nueva Policía Técnica Judicial (PTJ).
Sociedad Venezolana de Medicina Forense
La Fundación de la Sociedad Venezolana de Medicina Forense se fundó el 6 de enero de 1964 y el primer instituto de medicina legal del país el 27 de mayo de 1967. En 1974 se escribe la Ley de Policía Judicial donde se relaciona a la Medicina Forense con otras especialidades médicas afines. Luego en 1977, Caracas fue sede de la única reunión que la Academia Internacional de Medicina Legal y Medicina Social, organización europea, ha celebrado en latinoamérica.8 Ese acontecimiento sirvió para fundar la Asociación Latinoamericana de Medicina Legal y Deontología Médica de Venezuela. En 1988 se reactiva la Sociedad Venezolana de Medicina Forense.
Coincidiendo con la fundación de la Sociedad Venezolana de Medicina Forense, el rector de la Universidad de Carabobo, Humberto Giugni creó en esa casa de estudios el Centro de Investigaciones Penales y Criminológicas de la Facultad de Derecho el 16 de febrero de 1964.


Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas:


Después de la elección a la presidencia de la República de Venezuela de Hugo Chávez, la Constitución Nacional es reescrita y publicada el 30 de diciembre de 1999 como la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Oficial N° 36.860. El artículo 332 del nuevo documento constitucional establece la disposición de crear el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) que tomaría el lugar de la Policía Técnica Judicial, con la finalidad de «mantener y restablecer el orden público, proteger al ciudadano o ciudadana, hogares y familias, apoyar las decisiones de las autoridades competentes y asegurar el pacífico disfrute de las garantías y derechos constitucionales, de conformidad con la ley».10 En Venezuela, la CICPC es responsable de las investigaciones criminales, servicios forenses y otras áreas como tráfico de drogas.

El fundamento del funcionamiento y organización de la nueva institución criminalística es la misma ley de la Policía Judicial, promulgada el 8 de julio de 1975. En mayo de 2001 la Dirección General del Cuerpo Técnico de Policía Judicial es reorganizada y renombrada como Dirección Nacional de Investigaciones Penales. Finalmente, la organización del CICPC fue promulgada en la Gaceta Oficial N° 5.551 del 9 de noviembre de 2001 y puesta en funcionamiento el 21 de noviembre de ese año por intermedio de la Comisión Organizadora del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Los estatutos que regulan el personal del CICPC fueron publicados en el 2004 Gaceta Oficial N° 37.923.


 LIC. INV. PENAL    AMBIENTE 2.  UNES
 DICENTE: FELIX ROLDAN. V-11986.883


domingo, 16 de octubre de 2016

USO DE LAS TECNOLOGÍAS EN LAS OPERACIONES POLICIALES.

USO DE LAS TECNOLOGÍAS EN LAS OPERACIONES POLICIALES.
Son aquellas herramientas y métodos empleados para recabar, retener, manipular o distribuir información y se encuentra generalmente asociada con las computadoras y las tecnologías afines aplicadas a la toma de decisiones, el uso de las Tecnologías en las Operaciones Policiales son puestas en prácticas como un conjunto de conocimientos teóricos y prácticos que permiten concebir, realizar y automatizar sistemas basados en estructuras de información
MODERNIZACIÓN Y TECNOLOGÍA DE LAS POLICÍAS
Las nuevas tecnologías de comunicación e información pueden ser aplicadas para mejorar la capacidad operativa y la efectividad de los cuerpos policiales, al mismo tiempo que aumentan el poder de información y comunicación estratégicamente decisivo en su desempeño. La recopilación de datos y la reutilización de los mismos en tiempo real es una de las herramientas estratégicas de mayor importancia en las operaciones policiales alrededor del mundo.
A pesar de estas ventajas, es necesario tomar en cuenta que la introducción de nuevas tecnologías dentro de los cuerpos policiales significa en muchos casos el monitoreo permanente del trabajo policial, el seguimiento y evaluación en tiempo real de sus actividades, y en general el ejercicio de una mayor supervisión, control y dirección de los funcionarios policiales.
Esta situación pudiera generar resistencias dentro de los cuerpos de seguridad por lo que la tecnologización de las policías significa no sólo la provisión de equipamiento tecnológico, sino también la transformación conceptual, organizacional, ética y humana de éstas instituciones.
La tecnologización es un proceso de transformación total orientado a la calidad que implica un radical cambio del personal, los procesos y las tecnologías.
BASAMENTO LEGAL
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, aprobada en 1999, mediante el artículo 322 que establece la organización de los órganos de seguridad ciudadana, como medio para garantizar la protección de los ciudadanos y sus hogares en el disfrute de los derechos fundamentales, incorpora la creación de instituciones e instrumentos legales que permitan abordar integral y eficazmente la problemática de la inseguridad ciudadana
Las materias objeto de competencias concurrentes, están reguladas por leyes de bases que se orientan por los principios de interdependencia, coordinación, cooperación, corresponsabilidad y subsidiaridad. Que genera el ámbito normativo en materia de coordinación para que los estados y los municipios formulen las normas relativas al desarrollo de la actuación y funcionamiento de los Cuerpos de Seguridad Policial que actuarán en sus correspondientes jurisdicciones.
DECRETO CON FUERZA DE LEY ORGANICA DE IDENTIFICACION
Promulgado a los veinte días del mes de septiembre de 2001, señala:
Artículo 2. El Estado garantizará la incorporación de tecnologías que permitan desarrollar un sistema de identificación seguro, eficiente y coordinado con los demás órganos del Poder Público.



Discente: Efrain Longa
Licenciatura    Transición  Nº 15

jueves, 13 de octubre de 2016

Misión y Visión del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales Criminalisticas



  CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS 


  MISIÓN:

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, es una institución que garantiza la eficiencia en la investigación del delito; mediante su determinación científica, asegurando el ejercicio de la acción penal que conduzca a una sana administración de justicia.





VISIÓN:


El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, es una institución que garantiza la eficiencia en la investigación del delito mediante su determinación científica, asegurando el ejercicio de la acción penal que conduzca a una sana administración de justicia


LIC. INV. PENAL    
AMBIENTE 2.  
DICENTE: FELIX ROLDAN. V-11986.883



  CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS 


  MISIÓN:

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, es una institución que garantiza la eficiencia en la investigación del delito; mediante su determinación científica, asegurando el ejercicio de la acción penal que conduzca a una sana administración de justicia.





VISIÓN:


El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, es una institución que garantiza la eficiencia en la investigación del delito mediante su determinación científica, asegurando el ejercicio de la acción penal que conduzca a una sana administración de justicia



domingo, 9 de octubre de 2016

Video realizado en la Dirección de los Servicios Caninos K9 Poliguarico


 Vídeo realizado en la Dirección de los Servicios Caninos K9 de la Policía del Estado Bolivariano de Guárico.



PNF

Plan de Estudios del Programa Nacional de Formación (PNF) Policial

Descripción del Programa
El Plan de Estudios del PNF Policial está diseñado en atención a los lineamientos de los Programas Nacionales de Formación. No obstante, en atención a la particularidad de la formación que propone la UNES el PNF Policial se estructura de la siguiente manera:
Un trayecto inicial de doce (12) semanas de duración para las discentes y los discentes de nuevo ingreso.
El trayecto I, que la UNES concibe junto con el trayecto inicial, como la primera etapa en la formación de la futura funcionaria y del futuro funcionario  policial, denominado Curso Básico de Formación en Servicio de Policía, este trayecto tiene una duración de un (1) año y una vez concluido se certifica a las y los discentes para el ejercicio de la función policial. Lo que se constituye en la primera salida del PNF Policial. Esta formación está acompañada de la vinculación saber-trabajo la cual involucra la permanente interacción entre la práctica- teoría-práctica de las discentes y los discentes en el marco del servicio de la función policial. Requiere el continuo asesoramiento y la supervisión oportuna de la tutora académica o del tutor académico, de la tutora o del tutor policial, la monitora o el monitor y el compromiso responsable durante el ejercicio de la función de las discentes y los discentes.
Con el propósito de facilitar la incorporación de las discentes y los discentes al trayecto II, se plantea un trayecto de transición integrado por un conjunto de actividades académicas que fortalecen la formación con una duración de seis (6) semanas. Estas actividades no tendrán unidades de crédito asignadas y se constituye en un requisito para cursar el trayecto II.
Un trayecto de treinta y seis (36) semanas de duración, que luego de ser aprobado es conducente a la obtención del título de Técnica Superior Universitaria en Servicio de Policía o Técnico Superior Universitario en Servicio de Policía; y se constituye en la segunda salida del PNF Policial.
La UNES a fin de garantizar la prosecución de las discentes y los discentes al trayecto III incluye un tramo de transición con una duración de seis (6) semanas, que permite fortalecer los saberes a través de actividades académicas que no tendrán unidades de crédito asignadas, y se constituye en un requisito para cursar el trayecto III.
Dos trayectos de (36) semanas de duración conducente a la obtención del título de Licenciada en Servicio de Policía o Licenciado en Servicio de Policía.
Para el cumplimiento de las actividades formativas, las unidades curriculares se abordarán a partir de diversas aproximaciones metodológicas definidas en el documento de los Lineamientos de los Programas Nacionales de Formación (2009).
Finalidad
El Plan de Estudio del PNF Policial tiene como finalidad, la formación de profesionales con plenos saberes en el ámbito policial, con los saberes, habilidades físicas requeridas y las actitudes necesarias para ejecutar su labor con honestidad, eficiencia y garantes de los derechos humanos y las leyes, en concordancia directa con los preceptos constitucionales en materia de seguridad ciudadana, los lineamientos del Proyecto de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007- 2013, y con los postulados y principios de la Misión Alma Mater.
Propósito
El propósito fundamental del plan de estudio del PNF Policial es establecer las directrices e indicar la organización que tendrá el diseño curricular para la formación del funcionario y la funcionaria policial.
Modalidades de Estudio
La ejecución del Plan de Estudio para la Formación Policial adopta dos modalidades: presencial y semipresencial.
La modalidad Presencial: se caracteriza por el acompañamiento permanente a educadoras y educadores, discentes y la comunidad, en diferentes ambientes de aprendizaje. Las interacciones se darán cara a cara.
La modalidad Semipresencial: se aborda el proceso didáctico-pedagógico mediado por las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), por sistemas tutoriales y trabajos comunitarios.
Duración del Programa
El PNF Policial tiene una duración de cuatro (4) años distribuidos de la siguiente forma:
Un trayecto I, con una duración de un (1) año. Conformado por un (1) tramo Inicial cuya duración es de doce (12) semanas y tres (3) tramos con una duración de doce (12) semanas cada uno.
Para el trayecto conducente a la obtención del título de Técnica Superior Universitaria en Servicio de Policía o Técnico Superior Universitario en Servicio de Policía (Trayecto II), se prevé un (1) año de formación, conformado por un trayecto de transición de seis (6) semanas de duración y tres (3) tramos de doce (12) semanas cada uno. Para la obtención del título de Licenciado o Licenciada en Servicio de Policía, se prevén dos (2) Trayectos de un (1) año cada uno, conducente a la obtención del título del Licenciada en Servicio de Policía o Licenciado en Servicio de Policía.

Misión Y Visión, UNES

Misión

La Universidad Nacional Experimental de la Seguridad UNES creada en el marco de la Misión Alma Mater, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con funciones de formación integral, creación intelectual y vinculación social, estará al servicio del pueblo venezolano, en un proceso permanente de formación profesional y desarrollo integral de quienes conforman los órganos de seguridad ciudadana. La Universidad Nacional Experimental de la Seguridad es de carácter civil, lo cual se expresa en sus autoridades, dirección, modelo de gestión, personal, cultura, régimen disciplinario, instalaciones, equipamiento y dotación, de acuerdo con sus requerimientos.

Visión

La Universidad Nacional Experimental de la Seguridad garantiza la calidad académica y el compromiso social, sustentada en los valores de confiabilidad, transparencia, eficacia y participación, orientados por su sentido ético hacia el respeto de los derechos humanos, libertades ciudadanas y la resolución de los problemas de seguridad del pueblo venezolano. Sirve como centro de referencia nacional, regional e internacional con amplio reconocimiento por los estudios en el campo de la seguridad; la calidad e impacto de su gestión en la formación integral de las y los discentes; la creación intelectual y la vinculación social.
Es una Universidad que eleva, de manera continua, su capacidad para generar y sistematizar conocimiento útil, producto de su relación con el contexto y la interacción directa con el pueblo venezolano, sus necesidades y potencialidades, a fin de dar respuesta eficiente a las crecientes demandas y transformaciones sociales en torno a los problemas de seguridad, al desarrollo científico tecnológico e incidir en la reversión de las tendencias delictivas actuales y las perspectivas a nivel nacional, regional e internacional.
Es una Universidad en la que, donde se anclan sus sedes, se despliegan dispositivos de trabajo articulado con la comunidad e instituciones locales y nacionales, para contribuir con la resolución de los graves problemas de seguridad que aquejen a la localidad y garantizar una vida tranquila, en la que las personas puedan disfrutar del libre ejercicio de sus derechos fundamentales.

UNES- Guárico



La UNES formará permanentemente a las funcionarias y funcionarios de los siguientes órganos de seguridad:
  • La Policía Nacional Bolivariana.
  • Cuerpos de Policía Estadales y Municipales.
  • Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
  • Cuerpos de Bomberos y Bomberas.
  • Cuerpo de Protección Civil y Administración de Desastres.
  • Penitenciaristas.
  • Cuerpo Técnico de Vigilancia y TránsitoTerrestre.
Los procesos de aprendizaje de la UNES están fundamentados en la creación intelectual, la sistematización de las prácticas y problemas de seguridad (en los contextos nacional, regional y local), en el intercambio de saberes y en la participación activa de educadores y discentes. Es por ello que nuestra institución asume la educación y el conocimiento como bienes públicos al servicio de todas y todos, bajo los principios de justicia social, respeto a los derechos humanos, igualdad de género, diversidad e interculturalidad, cooperación solidaria, participación ciudadana, calidad, pertinencia, formación integral, educación a lo largo de toda la vida, vinculación con los planes de desarrollo nacional y cooperación internacional.