domingo, 16 de octubre de 2016

USO DE LAS TECNOLOGÍAS EN LAS OPERACIONES POLICIALES.

USO DE LAS TECNOLOGÍAS EN LAS OPERACIONES POLICIALES.
Son aquellas herramientas y métodos empleados para recabar, retener, manipular o distribuir información y se encuentra generalmente asociada con las computadoras y las tecnologías afines aplicadas a la toma de decisiones, el uso de las Tecnologías en las Operaciones Policiales son puestas en prácticas como un conjunto de conocimientos teóricos y prácticos que permiten concebir, realizar y automatizar sistemas basados en estructuras de información
MODERNIZACIÓN Y TECNOLOGÍA DE LAS POLICÍAS
Las nuevas tecnologías de comunicación e información pueden ser aplicadas para mejorar la capacidad operativa y la efectividad de los cuerpos policiales, al mismo tiempo que aumentan el poder de información y comunicación estratégicamente decisivo en su desempeño. La recopilación de datos y la reutilización de los mismos en tiempo real es una de las herramientas estratégicas de mayor importancia en las operaciones policiales alrededor del mundo.
A pesar de estas ventajas, es necesario tomar en cuenta que la introducción de nuevas tecnologías dentro de los cuerpos policiales significa en muchos casos el monitoreo permanente del trabajo policial, el seguimiento y evaluación en tiempo real de sus actividades, y en general el ejercicio de una mayor supervisión, control y dirección de los funcionarios policiales.
Esta situación pudiera generar resistencias dentro de los cuerpos de seguridad por lo que la tecnologización de las policías significa no sólo la provisión de equipamiento tecnológico, sino también la transformación conceptual, organizacional, ética y humana de éstas instituciones.
La tecnologización es un proceso de transformación total orientado a la calidad que implica un radical cambio del personal, los procesos y las tecnologías.
BASAMENTO LEGAL
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, aprobada en 1999, mediante el artículo 322 que establece la organización de los órganos de seguridad ciudadana, como medio para garantizar la protección de los ciudadanos y sus hogares en el disfrute de los derechos fundamentales, incorpora la creación de instituciones e instrumentos legales que permitan abordar integral y eficazmente la problemática de la inseguridad ciudadana
Las materias objeto de competencias concurrentes, están reguladas por leyes de bases que se orientan por los principios de interdependencia, coordinación, cooperación, corresponsabilidad y subsidiaridad. Que genera el ámbito normativo en materia de coordinación para que los estados y los municipios formulen las normas relativas al desarrollo de la actuación y funcionamiento de los Cuerpos de Seguridad Policial que actuarán en sus correspondientes jurisdicciones.
DECRETO CON FUERZA DE LEY ORGANICA DE IDENTIFICACION
Promulgado a los veinte días del mes de septiembre de 2001, señala:
Artículo 2. El Estado garantizará la incorporación de tecnologías que permitan desarrollar un sistema de identificación seguro, eficiente y coordinado con los demás órganos del Poder Público.



Discente: Efrain Longa
Licenciatura    Transición  Nº 15

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